Las tiranías de ayer y de hoy. Capitulo 8 La monarquía absoluta y los privilegios del Antiguo Régimen en Francia
Se estima que, en general, los privilegiados –nobleza y clero– poseían la mitad de las tierras de cada población; pero que además de esas tierras, que eran sus propiedades, todavía retenían diversos derechos feudales sobre las tierras poseídas por los campesinos. Los pequeños propietarios, en aquella época, eran ya muy numerosos en Francia, nos dicen quienes han estudiado este asunto; pero eran pocos –añade Ph. Sagnac– los que “poseyendo título de propiedad no debieran al menos un censo u otro derecho, signo de reconocimiento de la señoría”. Casi todas las tierras pagaban algo a determinado señor, ya fuera en dinero o en parte de la cosecha obtenida.
Estas obligaciones eran muy variadas, pero se dividían en cinco categorías: 1ª, las obligaciones personales, frecuentemente humillantes, restos de la servidumbre (en algunos lugares, por ejemplo, los campesinos tenían que remover las aguas del estanque durante la noche para que las ranas no turbaran el sueño del señor; 2ª, los tributos en dinero y las prestaciones de toda clase, en especie o en trabajo, debidos por una concesión real o presunta del suelo: eran la mano muerta y la servidumbre real , el censo, el champart , la renta territorial, los lods et ventes ; 3ª, diversos pagos que resultaban de los monopolios de los señores, es decir, que aquellos que retenían ciertas aduanas, ciertos octrois, o ciertos derechos sobre aquellos que utilizaban los mercados o las medidas del señor, el molino, la prensa, el horno común, etc.; 4ª, los derechos de justicia, percibidos por el señor, donde la justicia le pertenecía, las tasas, las multas, etc.; y
89 El hecho de ser adscripto a la gleba es lo que constituye la esencia de la servidumbre. En todas partes donde ha existido la servidumbre durante siglos, los señores han obtenido también del Estado derechos sobre la persona del siervo , lo que hacía de la servidumbre (en Rusia, por ejemplo, a partir del siglo XXIII ) un estado muy semejante al de la esclavitud, lo que permite confundir en el lenguaje corriente la esclavitud con la servidumbre.
90 Real, opuesta a personal, quiere decir aquí una obligación unida a las cosas, es decir a la posesión de la tierra.
Por último, 5ª, el señor poseía el derecho exclusivo de caza sobre sus tierras y sobre los de los campesinos de los contornos, así como el derecho de tener palomares y cotos de caza, lo que constituía un privilegio honorífico muy buscado.
Todos esos derechos eran vejatorios en sumo grado: costaban mucho al campesino, y no reportaban ningún beneficio o muy escaso al señor. Hay un hecho sobre el cual insiste Boncerf en su notable obra Les inconvenients des droits féodaux (p. 52): desde 1776 los señores, todos empobrecidos, y sobre todo sus intendentes, apremiaban a los granjeros, a los arrendatarios y a los campesinos en general para obtener de ellos el mayor beneficio posible: en 1786 hubo una renovación muy general de los terriers para aumentar los tributos feudales.
Relato extraído del libro La gran revolución francesa de Piotr Kropotkin.
Max Meminger
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